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13Ago/100

Riachuelo: a dos años de la sentencia

Días atrás se cumplieron dos años del histórico fallo que con­denó al Estado Nacional, la Provin­cia de Buenos Aires y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires al sa­neamiento del Riachuelo. Sin embar­go, el Plan de Saneamiento Ambien­tal ha tenido notables retrasos y fallas en su gestión.

La Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo (ACUMAR) es la entidad conformada por las tres jurisdicciones afectadas en la sentencia. Este or­ganismo, responsable del Plan de Saneamiento Ambiental, lejos de mantener una continuidad en sus labores ha sido acusado por Green­peace de debilidad institucional. Los ambientalistas también señalan la falta de políticas que conduzcan a plazos y metas concretas para el re­cupero de la cuenca, debido a la con­stante modificación en el cuerpo de funcionarios y autoridades.

Recordemos que durante la sem­ana del bicentenario, la organización ecologista repartió escarapelas en distintos puntos de la ciudad a modo de protesta por el incumplimiento en las obligaciones emergidas del fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Habiendo llegado a esta instancia, ya exigen severas multas a los responsables.

Entre las fallas en la gestión del proyecto, se destaca lo relativo al Control Industrial. Si bien estaba es­tipulada una inspección a todas las industrias vertientes en la Cuenca dentro de un plazo de 30 días, ac­tualmente se estima que tan solo una cuarta parte del total de empresas han sido sometidas a estos controles. El número de las mismas ascendería a doce mil según fuentes oficiales, aunque ACUMAR cuenta con tan solo cuatro mil registradas, por lo que desde el mes de mayo de este año ha comenzado un re-empadronamiento.

Por otra parte, el progreso en el saneamiento de basurales no ha mostrado un progreso tangible. Estos contabilizaban 105 al momento del fallo, y al día de hoy superan los 200, cuando la sentencia indicaba su limp­ieza en un plazo de un año.

A las innumerables infracciones a la sentencia, se le suman las difi­cultades de medición objetiva de los avances en el Plan, ya que este no cuenta con un sistema de indicado­res.

Debido a la debilidad normativa implementada para asuntos ambien­tales, los parámetros para la futura calidad del agua no contemplan re­stricciones a sustancias peligrosas, lo cual imposibilitará incluso a largo plazo una recomposición ambien­tal correspondiente. 

Fuente:http://www.teleaire.com

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